Tribunal Electoral rechaza denuncia en contra de Mauricio Sahuí


MÉRIDA, Yucatán.- El día de hoy el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY), celebró sesión pública, con el objeto de resolver un procedimiento especial sancionador y un Recurso de Apelación enlistados en la correspondiente orden del día. A continuación se informa los asuntos tratados y la resolución acordada  de cada uno de ellos.

El expediente P.E.S.-01/2017, correspondiente al Procedimiento Especial Sancionador, denunciado por el C. ÁNGEL EMILIO CANO BARRUETA, en contra del C. MAURICIO SAHUÍ RIVERO, por la comisión de presuntos actos anticipados de precampaña o campaña y el uso de recursos públicos. 

Después de un análisis completo, integral y de un estudio exhaustivo de todo el expediente, el Magistrado Presidente en su papel de instructor, Abogado Fernando Bolio Vales, consideró que no fueron probados plenamente los hechos manifestados, por lo que declaró totalmente infundados los actos denunciados.

El proyecto fue aprobado por unanimidad de votos de los magistrados que integran el Pleno.

Expediente RA.-07/2017 correspondiente al Recurso de Apelación, interpuesto por el C. MANUEL JESÚS PÉREZ RAMOS, representante propietario del Partido Político MORENA, en contra del  acto del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán, mediante el cual aprueba la designación de los integrantes de los Consejos Municipales Electorales de los Municipios de ABALA, ACANCEH, AKIL, BUCTZOTZ, CANTAMAYEC, CELESTÚN, CHAPAB, CHEMAX, CHICXULUB PUEBLO, CHOCHOLA, DZEMUL, DZILAM DE BRAVO, DZILAM GONZÁLEZ, HOMUN, HUHI, IXIL, KANTUNIL, KINCHIL, MAMA, MOCOCHA, MUXIPIP, OPICHEN, PETO, PROGRESO, QUINTANA ROO, SEYE, SUDZAL, TEABO, TECOH, TEKANTO, TEKOM, TEKIT, TELCHAC PUERTO, TETIZ, TINUM, TIXCACALCUPUL, TIXKOKOB, TIXMEHUAC, TIXPEHUAL, TZUCACAB, UAYMA, YAXCABA Y YAXKUKUL, así como los DISTRITOS UNINOMINALES V Y XV DEL ESTADO DE YUCATÁN.

El Magistrado instructor, Licenciado Armando Valdez Morales, presentó un proyecto de resolución en donde se desecha de plano la demanda, toda vez que operó la notificación automática de la resolución que impugnó y el medio de impugnación fue presentado de manera extemporánea.
El proyecto fue aprobado por unanimidad de los magistrados que integran el Pleno.

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